Condenan a Max González, el acosador del cibercafé

Se llama Maximiliano González, usaba su trabajo para atraer menores y cuando caían en sus redes aprovechaba para acosarlas sexualmente. Esta semana fue condenado por ese delito.

La pregunta de si aún mantenía su virginidad hecha a su hija, hoy de 16 años de edad, hizo que una incómoda verdad saliera a luz: de niña fue agredida sexualmente por el dueño de un cibercafé ubicado en Cuscatancingo.

La menor de edad le relató siete años después los constantes episodios de acoso que vivió a sus nueve años, cuando acompañaba a su hermana mayor al negocio de Maximiliano González, un hombre quien hoy tiene 56 años de edad.

Tras una reforma al artículo 99 del Código Penal aprobada con 72 votos por los diputados de la Asamblea Legislativa, pese a que trascendió varios años el caso no ha caducado. La Ley vigente permite la prescripción de los delitos sexuales en menores, 10 años después de que han cumplido la mayoría de edad.

Según lo relatado por la víctima al juez del Tribunal 5° de Sentencia, González hizo en su contra varios tocamientos en su cuerpo y a medida iban pasando los días, esas agresiones incrementaron, al punto que en una ocasión el sujeto hasta le mordió sus pechos.

La víctima, quien cursa 1° Año de Bachillerato, indicó que en el 2009 frecuentaba el cibercafé por acompañar a su hermana para que realizara un trabajo de horas sociales. La menor relató que se aburría por los lapsos prolongados en los que permanecía en el negocio, por lo que caminaba por el salón y esa acción era aprovechada por el imputado.

Lo curioso del caso es que la hermana de la víctima trabajó por tres años en el cibercafé, luego de que sucedieran los hechos, pero ella siempre desconoció lo que vivía su hermana menor.

Además, en su defensa González comentó al juez que incluso la niña fue junto a su madre a una celebración a la que él y su esposa las invitaron y que una vez visitó la vivienda de la víctima para arreglarles una computadora. El sujeto dijo que el comportamiento de la niña no fue de temor ni mostraba una conducta rara al verlo. Con ello él quería demostrar que no eran ciertos los cargos que se le incriminaban.

“Lo que yo vi es que lo que ella estaba diciendo (en su testificación) es lo que realmente a ella le ha pasado”, comentó el juez. “Yo veo que el relato fue con mucha sinceridad y aplomo en sus respuestas”, agregó luego de decir que los menores de edad cuentan con veracidad un hecho negativo por el que han pasado.

Por ello, el juez condenó a González a cuatro años de prisión, luego de cambiar la tipificación del delito. En un primer momento, el sujeto era acusado de agresión sexual por el de acoso, que lleva consigo una pena menor que el primero. Contempla entre cuatro a ocho años de cárcel.

“Modifico el delito, porque los tocamientos fueron sobre la ropa y por eso cambia a acoso”, explicó, luego de decir que también el imputado deberá cancelar una cantidad monetaria como responsabilidad civil para que la víctima reciba el tratamiento psicológico necesario, según lo dio a conocer el resultado del peritaje hecho a ella.

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