Aeronáutica Civil sancionará a las aerolíneas que permitan abordaje de pasajeros sin prueba PCR negativa

No permitir el abordaje a pasajeros que no presenten dicha prueba negativa, de acuerdo con lo requerido por el MSPAS.
Aeronáutica Civil sancionará a las aerolíneas que permitan abordaje de pasajeros sin prueba PCR negativa

El documento, con fecha 21 de septiembre 2020, es el oficio circular DS-750-2020-FAAA-mgr. (DS), firmado por Francis Arturo Argueta Aguirre, Director General de la DGAC y va dirigido a las Aerolíneas operantes en Guatemala y la Asociación Guatemalteca de Líneas Aéreas (Agla).

En el oficio se menciona que la información que se detalla es de carácter obligatorio como responsables de líneas aéreas, según Lineamiento nacional para la prevención de covid-19 para viajes internacionales hacia y desde Guatemala.

El documento detalla que se hace un recordatorio de lo indicado en el oficio circular DS741-2020-FAAA-mgr.(DS) de fecha 18 de septiembre del presente año y se les reitera las responsabilidad de las líneas aéreas.

a) Requerir la prueba PCR negativa a todo pasajero guatemalteco y extranjero, de forma impresa o imagen en su dispositivo electrónico que haya sido extendida en un plazo no mayor a 72 horas previas al viaje (por el momento es el plazo definido por Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS, para pasajeros que ingresan al territorio nacional.

b) No permitir el abordaje a pasajeros que no presenten dicha prueba negativa, de acuerdo con lo requerido por el MSPAS.

En este inciso, el documento refiere que, si se permite el abordaje a estas personas, las aerolíneas podrían incurrirse en multas o sanciones por cada pasajero al que le permitan abordar sin la mencionada prueba negativa.

Además, se menciona que todo pasajero extranjero que llegue al territorio guatemalteco sin prueba PCR, aparte de la multa / sanción generada para la aerolínea, podría ser declarado inadmisible y actuar de acuerdo a lo establecido en el Código del Instituto Nacional de Migración.

c) El cuestionario-Pase de Salud, https://sre.gt sigue siendo requisito indispensable de ingreso y debe presentarse impreso o en su dispositivo el código QR generado, con la información requerida a la Unidad de Vigilancia Epidemiológica -UVE del MSPAS.

Se comprenden los casos de excepción por edad, falta de herramientas tecnológicas para llenarlo, o porque no sabe leer ni escribir, contarán con asistencia en el Aeropuerto Internacional La Aurora.

El documento concluye afirmando que la prueba es de carácter obligatorio para todos los pasajeros guatemaltecos y extranjeros (aplica personas igual o mayores de 10 años). Cualquier cambio en las disposiciones será comunicado por esta misma vía

Por Prensa Libre.

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